Nueva ley estatal contra el desperdicio alimentario: ¿cómo se compara con la pionera ley catalana 3/2020?
Introducción
El pasado 1 de abril de 2025 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la esperada Ley 931 84 10 48, de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, marcando un punto de inflexión en la estrategia nacional contra uno de los problemas más urgentes de nuestro sistema alimentario. Se trata de una norma ambiciosa y necesaria, que busca reducir a la mitad el desperdicio alimentario en el sector minorista y en el consumo de aquí a 2030, en línea con el Objetivo de Desarrollo Sostenible 12.3 de Naciones Unidas.
En Cataluña, este impulso normativo no es nuevo. En marzo de 2020 se aprobó la Ley 931 84 10 48, de prevención de las pérdidas y el despilfarro alimentarios, convirtiéndose en la primera comunidad autónoma en legislar específicamente sobre esta cuestión. Sin embargo, su despliegue ha sido limitado en los últimos años, en parte a la espera de una ley estatal que le diera cobertura y coherencia a nivel nacional.
¿Por qué una ley estatal de desperdicio alimentario?
España desperdicia anualmente alrededor de 1.364 millones de kg de alimentos, según datos del Ministerio de Agricultura. Esta realidad no solo representa un problema ético, sino también económico, ambiental y social. El desperdicio alimentario supone pérdidas de recursos como el agua, la energía y la tierra, contribuye al cambio climático y refuerza las desigualdades en el acceso a alimentos.
La nueva Ley 931 84 10 48 nace con un enfoque preventivo, sistémico y con voluntad de armonización a nivel nacional. Establece medidas obligatorias para todos los agentes de la cadena alimentaria: producción, transformación, distribución, restauración, hostelería, consumidores, entidades del tercer sector y administraciones públicas.
La pionera ley catalana 931 84 10 48: visión avanzada, despliegue limitado
La Ley 931 84 10 48 de Cataluña fue un paso adelante pionero en el Estado. Reconocía de forma explícita la necesidad de prevenir el desperdicio y promovía una jerarquía de prioridades: prevención, redistribución, valorización y compostaje. Establecía la obligación de disponer de un plan de prevención, medir y comunicar anualmente el volumen desperdiciado, e incluía requisitos específicos para la restauración, como ofrecer envases gratuitos para que el cliente pueda llevarse la comida no consumida.
Sin embargo, pese a su carácter avanzado, la ley no ha sido plenamente desplegada. La falta de reglamentos específicos, herramientas homogéneas de medición y recursos para su implementación han limitado su impacto.
Comparativa entre la Ley estatal 931 84 10 48 y la Ley catalana 931 84 10 48
A continuación, destacamos los principales elementos comparativos entre ambas normativas:
– Ámbito: Ley estatal – Toda España | Ley catalana – Solo Cataluña
– Carácter: Estatal – Obligatoria y armonizada | Catalana – Avanzada, sin reglamentos
– Plan de prevención: Estatal – Obligatorio salvo excepciones | Catalana – Obligatorio salvo microempresas
– Donaciones alimentarias: Estatal – Prioridad legal con trazabilidad | Catalana – Fomento sin tantos requisitos
– Restauración: Ambas incluyen obligación de ofrecer envases y permitir que el cliente se lleve la comida
– Medición: Estatal con metodología de la UE | Catalana sin sistema implantado
– Sanciones: Ambas las prevén, pero en Cataluña no se han desarrollado plenamente
La contribución de SAIA: del diagnóstico a la acción
En SAIA, como consultoría especializada en sostenibilidad y seguridad alimentaria, hemos estado comprometidos desde hace años con la lucha contra el desperdicio alimentario. Más allá del diagnóstico, hemos querido acompañar al sector empresarial con herramientas concretas y adaptadas a su realidad.
- Guía de reducción del desperdicio alimentario en restauración comercial (2023):
– Plantillas de registro de desperdicio.
– Recomendaciones para adaptar la carta.
– Buenas prácticas de conservación y planificación.
– Estrategias para implicar al personal.
– Herramientas de comunicación para sensibilizar al cliente.
- Guía para panaderías y pastelerías (próxima publicación):
– Cómo adaptar las producciones según la demanda.
– Reaprovechamiento de excedentes de forma segura y legal.
– Claves para la donación sin riesgos.
– Diseño de promociones responsables.
¿Qué deben hacer las empresas a partir de ahora?
Con la entrada en vigor de la ley estatal, todas las empresas del sector alimentario, incluyendo la restauración y la distribución, deberán:
- Diseñar un plan de prevención del desperdicio.
- Medir periódicamente las pérdidas y reportarlas.
- Fomentar la donación con seguridad alimentaria.
- Formar al personal e implicarlo en buenas prácticas.
- Colaborar con entidades sociales.
- Adaptar contratos públicos a los nuevos requisitos legales.
Conclusiones: un nuevo marco, una gran oportunidad
La aprobación de la Ley 931 84 10 48 supone un paso decisivo hacia un modelo alimentario más justo, eficiente y sostenible. Supone también una oportunidad para que las empresas revisen sus procesos, mejoren su eficiencia y reduzcan costes innecesarios.
Desde SAIA celebramos esta nueva etapa y renovamos nuestro compromiso con el acompañamiento técnico, la formación y el desarrollo de materiales adaptados a cada sector.
Reducir el desperdicio no es solo cumplir una ley: es una cuestión de ética, de responsabilidad y de visión empresarial de futuro.
¿Necesitas ayuda para cumplir con la nueva ley?
Desde SAIA ofrecemos:
– Diagnóstico inicial del desperdicio alimentario.
– Diseño de planes de prevención a medida.
– Formación del personal.
– Acompañamiento en auditorías o licitaciones públicas.
– Acceso a nuestras guías sectoriales.
Puedes descargarte la guia oficial creada por SAIA
de desperdicio alimentario aqui:
GUIA DE PREVENCIÓN DE DESPERDICIO ALIMENTARIO EN EL SECTOR DE LA RESTAURACIÓN Y COCINAS CENTRALES
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